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Alquiler · Ficha 07

El contrato de alquiler

Un contrato de alquiler descargado de internet te protege poco. Estas son las cláusulas que de verdad cambian algo, y las que son papel mojado aunque las firmes.

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Los 3 bloques de un buen contrato

Un contrato mal redactado no se nota hasta que hay un problema, y para entonces ya es tarde para corregirlo. Esto es lo que no puede faltar, y lo que nunca deberías incluir.

Base Identificación y descripción. Quién es cada parte y qué vivienda concreta se alquila, sin ambigüedades que puedan dar lugar a interpretaciones distintas.
Claridad Condiciones económicas claras. Renta, fianza, gastos y cómo se actualiza cada año. Todo explícito, nada dado por hecho ni «de palabra».
Cláusulas nulas Lo que no puedes incluir. Hay cláusulas que, aunque las firme el inquilino, no tienen validez legal, y pueden jugarte en contra si llegan a un juzgado.

Por qué te preocupa esto

Un contrato con omisiones o cláusulas mal redactadas no genera problemas el primer día: genera problemas cuando surge un conflicto, que es precisamente cuando más necesitas que el contrato te respalde con claridad.

Checklist completo del contrato

  • Identificación completa de las partes: DNI o NIE de arrendador y arrendatario, con todos los firmantes si hay varios.
  • Descripción exacta del inmueble: dirección completa, referencia catastral y superficie.
  • Duración y fecha de inicio: cuándo empieza el contrato y su duración pactada, respetando los mínimos legales.
  • Renta y forma de pago: importe exacto, fecha de pago mensual y método —transferencia, preferiblemente, para dejar constancia—.
  • Fianza: importe (un mes en vivienda habitual) y constancia de que se va a depositar en el organismo correspondiente.
  • Distribución de gastos: quién paga comunidad, IBI y suministros. Evita ambigüedades que generan disputas después.
  • Índice de actualización de la renta aplicable, y el certificado de eficiencia energética de la vivienda.
  • Inventario de mobiliario, si la vivienda se alquila amueblada, con su estado en el momento de la entrega.

Reparto habitual de gastos

GastoHabitualmente a cargo de
Cuota de comunidadPropietario
IBIPropietario
Suministros: luz, agua, gasInquilino
Gestión inmobiliaria, si hay agenciaPropietario

Es el reparto más habitual, pero conviene dejarlo explícito por escrito en el contrato, nunca darlo por sobreentendido.

Cláusulas que no tienen validez

Aunque el inquilino las firme, estas cláusulas no se pueden hacer valer ante un juzgado. Mejor no incluirlas y evitar el problema.

  1. Renuncia a derechos mínimos

    No se puede hacer renunciar al inquilino a la duración mínima legal ni a sus prórrogas obligatorias. Son derechos que la ley protege independientemente de lo que diga el contrato.

  2. Repercutir los gastos de gestión inmobiliaria

    Si contratas una agencia, esos honorarios son tuyos como propietario: no se pueden trasladar al inquilino en el contrato.

  3. Impedir el desistimiento anticipado

    Tras los primeros 6 meses, el inquilino puede irse avisando con 30 días de antelación. Se puede pactar una indemnización —hasta un mes de renta por cada año que quede por cumplir— pero no impedir ese derecho por completo.

Para quedarte con esto Incluir una cláusula nula no solo no te protege: puede debilitar tu posición si el contrato acaba en disputa, al mostrar un intento de saltarse la ley. Mejor un contrato correcto desde el principio que uno «agresivo» que no se sostiene.

El contrato depende de la modalidad

No es lo mismo un contrato de vivienda habitual que uno temporal, uno por habitaciones o un coliving: cambian la duración, las prórrogas, la fiscalidad y hasta qué ley se aplica. Usar un contrato de larga estancia para un alquiler temporal —o al revés— es un error que se paga caro. Lo tienes desarrollado en la ficha de tipos de alquiler.

Quién lo redacta en Renaze

Nosotros, adaptado a la modalidad que corresponda y conforme a la normativa vigente. Va incluido en la comercialización, y si contratas la Garantía de Pago el contrato tiene además que cumplir los requisitos de la cobertura, así que lo revisamos dos veces.

Contenido informativo de RENAZE 2025 REAL STATE SPAIN S.L. (CIF B24851099). No sustituye asesoramiento legal profesional.

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